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CIDH declara inadmisible petición de Juan Ramón Flores Cantor por no agotar recursos legales en Honduras

Tegucigalpa / Washington. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró inadmisible la petición presentada por el hondureño Juan Ramón Flores Cantor, quien alegaba ser víctima de persecución política por parte del Estado de Honduras. La decisión quedó consignada en el informe 223-23, correspondiente a la petición 1938-16, fechado el 7 de septiembre de 2021.

En su solicitud, Flores Cantor sostenía que había sido objeto de secuestro, extorsión y tortura, además de enfrentar un proceso penal que consideraba infundado por los delitos de estafa y falsificación de documentos públicos. Sin embargo, la CIDH concluyó que el peticionario no cumplió con el requisito establecido en el artículo 46.1.a de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que exige el agotamiento previo de los recursos de la jurisdicción interna antes de acudir a instancias internacionales.

Según el informe, el Estado hondureño presentó constancias emitidas por la Dirección Policial de Investigaciones (DPI), el Juzgado de Letras Penal de Tegucigalpa y el Juzgado de Letras Penal de San Pedro Sula, en las que se establece que no existe registro de denuncia interpuesta por Flores Cantor contra el coronel Rodolfo Raúl Díaz Velásquez, a quien señalaba como presunto responsable de los hechos denunciados.

El documento también señala que Flores Cantor afirmó haber presentado una denuncia en 2007 ante la entonces Dirección Nacional de Investigación Criminal (DNIC), pero no aportó elementos que permitieran verificar que efectivamente acudió a las instancias correspondientes ni que agotó los procedimientos disponibles por los supuestos actos de secuestro, tortura y extorsión.

En su relato ante el organismo internacional, el peticionario aseguró que entre 1997 y 1998, mientras realizaba servicio militar, presenció un supuesto tráfico de armas en el municipio de Naco, Cortés, en el que habría estado involucrado el entonces coronel Díaz. También afirmó que, tras denunciar esos hechos, fue secuestrado y agredido en 2007.

No obstante, el Estado hondureño expuso que en diciembre de 1998 el Ministerio Público ya había iniciado una investigación sobre presuntos delitos de portación ilegal y tráfico de armas en el sector del Tercer Batallón de Infantería en Naco, Cortés, investigación que concluyó determinando la legalidad en la adquisición de las armas.

Asimismo, las autoridades indicaron que el proceso penal abierto contra Flores Cantor por estafa y falsificación de documentos se sustenta en pruebas documentales y testimoniales que derivaron en la emisión de una orden de captura el 27 de agosto de 2007.

El activista pro migrantes Isaac Dubón reaccionó a la decisión señalando que el informe de la CIDH confirma que el caso no cumplía con los requisitos procesales para ser admitido en el sistema interamericano.

La resolución fue firmada por Antonia Urrejola, quien se desempeñaba como presidenta de la CIDH en ese momento, junto a los comisionados Esmeralda E. Arosemena Bernal de Troitiño, Joel Hernández y Stuardo Ralón Orellana.

La Comisión concluyó que el peticionario no logró demostrar haber agotado los recursos internos en Honduras, requisito indispensable para que una denuncia pueda ser conocida por el sistema interamericano de derechos humanos. Con esta decisión, el organismo declaró inadmisible la petición y dejó sin trámite el caso presentado contra el Estado hondureño.

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